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CCOO     CC&P     UGT     CGT     SICAM     ALTA

DIGAMOS NO A LAS PROLONGACIONES DE JORNADA ILEGALES

 

Ante los continuos prolongamientos de jornada ilegales que vivimos la plantilla de B. Sabadell, los sindicatos  firmantes queremos trasladar a los y las trabajadoras del banco, las siguientes consideraciones:

 

-       Los trabajadores y trabajadoras del banco, no somos responsables de la escasez de plantilla y de la insuficiencia de medios que provocan  prolongaciones de jornada ilegales y una deficiente atención a nuestros clientes.

 

-       Llevamos meses denunciando esta situación y aportando soluciones sin respuesta satisfactoria a nuestras pretensiones. En la reunión con la dirección de fecha 9 de mayo, hemos reiterado nuestras peticiones, exigiendo el pago de dichos excesos de jornada como horas extraordinarias y denunciando las continuas presiones y amenazas que soportamos de los y las responsables del banco. Situación que se vive a nivel estatal en toda la Entidad y que se ve agravada en la zona tradicional del extinto banco CAM.

 

-        En dicha reunión, la dirección negó las presiones y amenazas descritas, informando que el banco no avala estas conductas y que considera irresponsable a quien las pueda realizar. Además nos traslada que nunca se ha despedido ni sancionado a nadie por cumplir con la jornada laboral pactada. Incluso manifestó que quien utiliza la amenaza no cumple con el perfil de directivo que se quiere en banco Sabadell.

 

-       Desde la parte sindical, entendemos que la dirección no está tomando las medidas adecuadas para corregir la situación descrita, que pasan por:

 

  • registrar y pagar dichas prolongaciones ilegales como HORAS EXTRAORDINARIAS hasta que se pueda normalizar la situación.
  • comunicar, directamente a toda la plantilla, que todos tenemos la obligación de cumplir la jornada legal pactada y, por lo tanto, nadie puede ser obligado a prolongar la misma, hecho que se considera como una ilegalidad.

 

-       Por ello trasladamos a toda la plantilla y a la dirección, nuestra firme decisión de abordar  y solucionar el problema descrito, para lo que necesitamos trabajar conjuntamente: plantilla y sindicatos. Es necesario que nadie prolongue la jornada oficial y que, solo, se recurra a esta medida de manera legal y con carácter excepcional, para lograr la normalización de nuestro trabajo. Para ayudar a conseguir esta meta, nos ponemos a disposición de cualquier trabajador o trabajadora que esté sufriendo amenazas para que incumpla la jornada legal de trabajo.

 

-       Las prolongaciones ilegales de nuestra jornada provocan:

 

  • la destrucción de nuestros puestos de trabajo o su transformación en temporales.
  • externalizaciones de servicios.
  • un inaceptable fraude fiscal y a la Seguridad Social.
  • un grave deterioro de nuestra salud.
  • que no podamos conciliar nuestra vida laboral con la personal.

 

-       Para finalizar, os comunicamos que, si en un corto espacio de tiempo, no vemos reacción por parte de la dirección favorable a nuestras pretensiones o  ésta no da soluciones a la actual situación, ADOPTAREMOS TODAS LAS MEDIDAS A NUESTRO ALCANCE PARA  CONSEGUIR QUE SE CUMPLA LA LEGALIDAD VIGENTE.

 

CUMPLAMOS NUESTRA JORNADA LEGAL DE TRABAJO

DIGAMOS NO A LAS PROLONGACIONES DE JORNADA ILEGALES

16 MAYO 2013

CCOO     CC&P     UGT     CGT     SICAM     ALTA

 
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INFORME REUNIÓN 9 DE MAYO SINDICATOS/DIRECCIÓN BANCO

El jueves 9 de mayo los sindicatos hemos mantenido una reunión con la dirección del banco Sabadell, donde hemos trasladado la situación que se vive en la zona tradicional del desaparecido banco CAM y diversas problemáticas que se viven en la empresa. La dirección nos ha comunicado las últimas informaciones pendientes del ERE realizado en banco CAM e información sobre el plan de acompañamiento del mismo.

  • INFORMA LA DIRECCIÓN:

-      PLAN DE ACOMPAÑAMIENTO ERE: 268 personas adheridas, de las que 14 ya han encontrado trabajo. Comunican que hay de plazo hasta el 1 de junio para apuntarse al plan.

-      ERE banco CAM: el ERE está finalizado, no habrá más bajas ni traslados. Entregan relación de salidas de marzo.

-      SITUACIÓN LABORAL EN ZONA TRADICIONAL BANCO CAM. Se están juntado diversos factores que hacen que la situación no se normalice: alta morosidad, desconocimiento de la operativa, falta de medios técnicos. Comunican que reforzarán con personal temporal, con formación presencial, con retorno de trasladados. Sacarán personal de servicios centrales antes del verano y filiales a la red de oficinas de Alicante, ya que consideran que hay mas carga de trabajo en la red. Esperan que a medio plazo la situación se resuelva. CGT responde que no está de acuerdo con la salida de personal de servicios centrales. La carga de trabajo es considerable y la prueba es que las prolongaciones de jornada en servicios centrales son constantes. Los problemas en la red están provocados por la falta de personal ocasionada por el ERE y porque el sistema informático no está adaptado a la gran cantidad de clientes que hay en la zona tradicional.

 

  • CGT TRASLADA A LA DIRECCIÓN:

-      SITUACIÓN LABORAL ZONA TRADICIONAL CAM: ALICANTE, VALENCIA, MURCIA, CASTELLÓN Y BALEARES: situación límite, no se normaliza la gran afluencia de clientes y hay grandes problemas para atenderles con el sistema operativo vigente, la situación se agrava con la presión desmedida por obtener resultados y las amenazas que recibimos los y las trabajadoras. Esto provoca  prolongaciones constantes de jornada, tanto en la red de oficinas como en servicios centrales,  que no están siendo pagadas ni compensadas, lo que consideramos un fraude de ley que nos veremos obligados a denunciar ante las autoridades laborales competentes. La plantilla está respondiendo pero está colapsada, con una carga física y mental insostenible. Reclamamos soluciones: plantilla suficiente, mejoras operativas, retorno de personal trasladado, pago de horas extras, instrucciones claras por parte de la dirección para que no se incumpla nuestra jornada legal de trabajo y cese  inmediato de amenazas.

. DIRECCIÓN: reconocen la situación que se vive y el esfuerzo de la plantilla, están  tratando de solucionarla con medios técnicos y humanos. Rechazan la amenazas que comentamos, comunicando que no son acordes con la política del banco. Piden que les informemos de los y las responsables de las mismas, advirtiendo que tomarán medidas contra quienes las realizan, Ningún trabajador o trabajadora puede ser amenazado para que prolongue su jornada laboral. Informan que el banco nunca ha tomado ninguna medida traumática contra su plantilla por no seguir instrucciones abusivas de sus superiores.

-      Revisión situación  traslados: solicitamos que se revise la situación del personal trasladado (tanto obligatorio como voluntario), solicitamos acercamiento a territorio origen con déficit de personal. Además que se prioricen las solicitudes de traslado por conciliación: se está contestando a las peticiones que no se puede hacer nada durante este año.

. DIRECCIÓN: la integración de la plantilla que proviene de Caixa Penedés facilitará que, a corto plazo,  los trabajadores y trabajadoras trasladados a Catalunya puedan volver a sus territorios origen, sobre todo a Alicante. En otras zonas como Asturias será más difícil, ya que hay déficit de personal. Con todo, su idea es priorizar los traslados por conciliación de la vida laboral y personal/familiar.

-      Compensación general por la integración: solicitamos una compensación general por el esfuerzo realizado en la integración, tal y como se comprometió Miguel Montes ante los sindicatos.

. DIRECCIÓN: son conscientes del esfuerzo que ha realizado la plantilla, pero en estos momentos no es posible llevar a cabo dicha petición, con todo el tema no está cerrado.

-      Solicitamos se pague o compense la formación por la integración en SSCC e informática.

. DIRECCIÓN: rebajaremos el número de horas mínimo  para cobrar por la                         formación para la  integración y pueda haber más personas que cobren el                            mínimo. Escala: más de 50 h. (150 €), entre  25 y 50 h. (75 €), entre 10 y 25 h                            (50 €).

-      Complementos 394 y 395 se han desglosado de la prima de puesto y han pasado a b50. Sin embargo no se ha detraído el 35 % del mismo para pasarlo a complemento banco CAM. Solicitamos se solucione dicha problemática.

. DIRECCIÓN: no están dispuestos, argumentan que el desglose no estaba reflejado en el pacto y sin embargo lo han hecho ante nuestras reclamaciones, pero no se sienten obligados a detraer el 35 %  a complemento banco CAM.

-      Actualizaciones  salariales convenio: solicitamos que se actualice complemento banco CAM.

. DIRECCIÓN: responden que no es revalorizable.

-      Solicitamos que se abra un aplicativo  de anticipo de la devolución de la renta para los y las trabajadoras del banco sin intereses ni comisiones, a cancelar cuando se produce la devolución efectiva.

. DIRECCIÓN: no están dispuestos.

 

-      Proponemos se analice la situación de la cartera de préstamos de empleados y empleadas, en relación a la sentencia del  Tribunal Supremo sobre la ilegalidad de las cláusulas suelo.

 

. DIRECCIÓN: contestan que no hay préstamos con suelo superior al 1,75 % y no lo consideran abusivo.

-      Solicitamos información sobre las integraciones producidas: BMN, banco Gallego y Lloyd, impacto sobre la plantilla total del banco, planes de la dirección, etc.

. DIRECCIÓN: de momento no saben nada, el proceso es largo y está pendiente de muchas decisiones.

  • OTRAS RECLAMACIONES:

 

-      Aplicación de la normativa b. Sabadell sobre complementos por traslado desde 1 de enero de 2013 y no con efectos retroactivos. De momento la respuesta es negativa, caso de haber cambios nos lo comunicarán.

 

-      Aplicación de niveles mínimos (VIII) a los nuevas figuras de gestores. La tendencia de la empresa es reconocerles dichos niveles mínimos, pero cuando corresponda.

 

PARTICIPA CON CGT, LA ALTERNATIVA SINDICAL EN BANCO SABADELL

10 MAYO 2013

 

 
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NORMATIVA II: PLAN DE PENSIONES EMPLEAD@S  BANCO SABADELL

El pasado 5 de abril, se llevó a cabo la integración del Plan de Pensiones emplead@s banco CAM en el de emplead@s banco Sabadell, mediante acuerdo firmado (pincha aquí) entre la dirección y los sindicatos CGT, ccoo, cc y sicam. Os trasladamos las características generales del nuevo reglamento.

1. Es un Plan de Sistema de Empleo, cuyo  fin es el de articular un  sistema de prestaciones sociales complementarias de jubilación, incapacidad permanente y fallecimiento, en interés de los y las trabajadoras de banco Sabadell (incluyendo a sus filiales al 100 % con condiciones de convenio de banca: Bancsabadell Financiación, Bansabadell Inversión, Urquijo Gestión, Bansabadell Renting y Bansabadell Fincom).

2. El Plan se instrumenta en dos subplanes:

        - prestación definida para todas las contingencias:

colectivos A, A1, A2, A3, A4 (personal de banco Sabadell, banco Asturias, banco Atlántico, banco Urquijo y banco Guipuzcoano) y colectivo A5 (personal procedente de banco CAM, adscrito al colectivo 1 de su plan de pensiones). 


      - prestación definida para las contingencias de incapacidad permanente y fallecimiento; aportación definida para la de jubilación:

colectivo B: toda la plantilla reflejada en apartado 1.

colectivo C: personal de banco Urquijo con antigüedad anterior a 8 marzo 1980.

colectivo D: personal de banco CAM, adscrito al colectivo 4 de su plan de pensiones y al colectivo 1, siendo partícipes en suspenso.

colectivo D1: personal de banco CAM, adscrito al colectivo 4 que salieron con el ERE 2010.

3. El Plan está adscrito a dos Fondos de Pensiones:

Multinfondo 2000: subplan de prestación definida.

G.M. Pensiones: subplan de aportación definida.


4. La entidad gestora del Plan es Bansabadell Pensiones y la depositaria Banco Sabadell.

5. Los y las partícipes causan baja en el Plan por:

Extinción de la relación laboral y movilización total de sus derechos consolidados a otro plan.

Pasar a situación de beneficiari@ por causa propia.

Fallecimiento

Pasar a partícipe en suspenso

Disolución del Plan.


6. DERECHOS DE LOS Y LAS PARTÍCIPES:

Obtener las prestaciones que le corresponden de acuerdo al reglamento del Plan.

Tener a su disposición el reglamento (pincha aquí) y estar informado de sus modificaciones.

Tener a su disposición la declaración de los principios de la política de inversión del fondo.

Estar representado y poder ser designado como miembro en la Comisión de Control del Plan.

Recibir la siguiente información trimestral:

Evolución y situación de los derechos consolidados en el Plan, modificaciones normativas, política de inversiones, comisiones de gestión y depósito.

Evolución y situación de los activos del fondo, coste y rentabilidad obtenida, gestión con otras entidades y la totalidad de los gastos del fondo.

Recibir la siguiente información anual:

Durante el primer trimestre de cada año una certificación, referida a 31 de diciembre del año anterior, de pertenencia al Plan, con especificación de las aportaciones realizadas por el promotor y por el propio partícipe, y el valor de sus derechos consolidados.

Extracto anual de los acuerdos más importantes adoptados por la Comisión de Control del Plan.

Conocer, a través de la Comisión de Control del Plan, el balance, cuenta de resultados, memoria e informes de auditoría.

El colectivo A2: importe de la pensión devengada.

Los colectivos A y A1: importe de la pensión de jubilación e importe de los derechos consolidados a movilizar.

Comunicar a la Comisión de Control las consultas y reclamaciones  que estime convenientes.

Realizar al colectivo B aportaciones voluntarias o movilizaciones de otros planes propios.

Ostentar la titularidad de sus derechos consolidados.

Que se realicen a su favor las aportaciones correspondientes.

Movilizar o no sus derechos consolidados en caso de extinción de la relación laboral.

Designar beneficiarios, en caso contrario serán sus  herederos legales.


7. OBLIGACIONES DE LAS Y LOS PARTÍCIPES

Cumplir con lo especificado en el presente reglamento.

Comunicar a la Comisión de Control las alteraciones de las situaciones personales o familiares dentro del mes siguiente a la fecha en que se produzcan.

Movilizar sus derechos consolidados en el plazo de un mes a contar desde la fecha de extinción de la relación laboral.

8. APORTACIONES DEL BANCO:

Colectivos A, A1, A3 y A5: coste anual derivado del dictamen actuarial correspondiente.

Colectivos A2 y A4: coste anual derivado del dictamen actuarial correspondiente para cubrir el PE (prestación económica a cargo de la empresa) establecido en convenio de banca.

Colectivo C: 6 % del salario pensionable establecido en convenio.

Colectivo D: 2,75 % anual sobre salario base, antigüedad, antigüedad banco CAM, complemento banco CAM y pluses de convenio de su nivel. Este importe nunca será inferior al 2,75 % del salario real anual del año 2012 incluida la paga de beneficios de marzo. La aportación mínima será de 762,08 €, revalorizable anualmente de acuerdo a convenio de banca. Se mantienen las aportaciones adicionales para los y las partícipes que tienen dicho derecho.

Colectivo D1: se mantienen las aportaciones pactadas en el acuerdo laboral de 13 de diciembre de 2010.

Colectivo B:

Para todos los partícipes: 502.55 € para 2013, revalorizable de acuerdo a convenio de banca.

Adicionalmente para los y las partícipes que sólo están en este colectivo se establece una aportación de 269,05 € para 2013, revalorizable de acuerdo a convenio de banca.

9. PRESTACIONES DEL PLAN (jubilación, Incapacidad, viudedad y orfandad)

Colectivos de prestación definida: diferencia entre pensión de la seguridad social y salario pensionable, de acuerdo a lo estipulado en el reglamento del Plan.

Colectivos de aportación definida: derechos consolidados del o de la partícipe, de acuerdo a lo estipulado en el reglamento del Plan.

10. COMISIÓN DE CONTROL: Está constituida por veinte miembros: 10 representantes de partícipes y beneficiari@s (designados por las secciones sindicales de banco Sabadell, en la actualidad: ccoo, cc, ugt, CGT y sicam; en proporción a la representación de las últimas elecciones sindicales realizadas) y 10 representantes del promotor (designados por la dirección del banco). Tiene las siguientes funciones:

- Supervisar el cumplimiento del Plan en lo que se refiere a los derechos de sus partícipes y beneficiari@s.

- Selección de profesionales necesarios para el desarrollo del Plan.

- Nombrar a los y las representantes del Plan en el Fondo de Pensiones al que está adscrito.

- Proponer las modificaciones que estime pertinentes sobre cualquier aspecto del Plan.

- Resolver las reclamaciones y aclaraciones que se le formulen.

- Acordar la presencia en las reuniones  de cualquier partícipe, beneficiari@ o profesional que considere necesario.

- Representar judicial o extrajudicialmente los intereses de partícipes y beneficiari@s ante cualquier organismo.

- Instar a la Gestora la movilización de derechos consolidados.

- Aprobar la creación de subcomisiones delegadas.

- Ratificar, en su caso, la terminación del plan.

- Recibir y aplicar los acuerdos emanados de la negociación colectiva.

- Acordar la movilización de la cuenta de posición del Plan.

- Admitir los derechos consolidados de los y las partícipes provenientes de otros planes de pensiones.

- Seleccionar compañías aseguradoras.

- Proponer la política de inversiones a los Fondos.

- Recibir información sobre el detalle de la cartera de inversiones.

- Reunirse cuando la convoque su presidente (mínimo una vez al año) o cuando lo soliciten un  tercio de sus miembros.

PARTICIPA CON CGT, LA ALTERNATIVA SINDICAL EN B. SABADELL

29 abril 2013






 
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NORMATIVA LABORAL B. SABADELL

Con el fin de que las nuevas plantillas incorporadas a B. Sabadell conozcan la normativa laboral vigente en el banco y como recordatorio para el personal más veterano, vamos a ir comunicando los apartados que nos parecen más interesantes de la misma. Comenzamos con:

SISTEMAS DE PROMOCIÓN EN B. SABADELL

Estas normas nacen del convenio colectivo de banca, del acuerdo colectivo sobre niveles mínimos, firmado por la dirección y los sindicatos CGT,ugt, cc, csc, csa y cig, en el año 2010 ( disponible en PINCHAR AQUÍ) y de los pactos de homologación de condiciones de entidades integradas en el banco.

  1. POR ACUERDO ENTRE EL TRABAJADOR O TRABAJADORA Y LA DIRECCIÓN.
  2. POR ANTIGÜEDAD:
  • Grupo Administrativo:
  1. Se asciende a nivel X transcurridos cuatro años en el nivel XI (frente a los seis años que exige el convenio de banca).
  2. Se asciendo a nivel IX  transcurridos cuatro años en el nivel X (frente a los seis años que exige el convenio de banca).
  3. Exclusivamente a niveles retributivos, el personal del Grupo Administrativo del nivel IX con 18 años de antigüedad en el banco de Sabadell, quedará asimilado salarialmente a nivel VIII, mediante la percepción de la diferencia de sueldo entre ambos niveles.
  • Grupo Servicios Generales (se mantiene el sistema de promoción recogido en convenio): Se asciende de XI a X y de éste al IX después de prestar servicios seis años en cada uno de los primeros.
  • Para el personal que proviene de Banco CAM, se aplicarán estos acuerdos a partir de 1 de julio de 2013, computando el periodo de antigüedad que llevara acumulado en el banco y sólo a efectos del primer cambio de nivel.
  • De igual manera para el personal que proviene de BMN, se realizará a partir de los seis meses de la fecha del closing (enero 2014).
  1. El personal que desempeñe funciones de GESTOR COMERCIAL, ANALISTA DE RIESGOS, RESPONSABLE SERVICIO AL CLIENTE Y GESTOR COMERCIAL Y DE SERVICIO, durante un periodo de seis meses  en un año  o durante  ochos meses  en dos años, será ascendido a nivel VIII siempre que siga desarrollando dichas funciones tras el plazo indicado.
  2. El personal que desempeñe funciones de dirección de oficina, tendrá como mínimo el nivel VI.

PARTICIPA CON CGT, LA ALTERNATIVA SINDICAL EN BANCO SABADELL

25 abril 2013

 

 

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SITUACIÓN LABORAL TRAS LA INTEGRACIÓN

 

Pasados ya más de cuatro meses de producirse la integración, la situación laboral en el territorio tradicional de banco CAM, lejos de normalizarse, continúa deteriorándose: escasez de plantilla, prolongaciones de jornada, presiones irracionales, fallos organizativos, insuficiencia de medios,…, están provocando un grave deterioro en nuestras condiciones laborales y en la conciliación de nuestra vida laboral y personal.

 

Llevamos mucho tiempo esperando a que se normalice la situación laboral provocada por la integración, esperando acciones de la dirección que consigan que nuestro trabajo se ajuste a la legislación vigente, a nuestro convenio, a las condiciones laborales pactadas. Pero los días siguen pasando y nada cambia, por lo menos a mejor, ya que la presión continúa aumentando, el trabajo sigue sin salir: el sistema de trabajo del banco no está preparado para dar respuesta al gran número de clientes de banco CAM.

 

Por parte de la dirección se han reconocido fallos organizativos, se comprometieron a cambiar lo que fuera necesario para adaptarse a la particular situación que se vive en lo antiguos territorios CAM, pero de momento  sólo se mantiene gracias al enorme esfuerzo que está realizando la plantilla de banco Sabadell.

 

CGT pide soluciones inmediatas: plantilla estable suficiente, adaptación de sistemas operativos, cumplimiento estricto de nuestras condiciones laborales, retorno del personal trasladado, compensaciones por el esfuerzo realizado y sobre todo, que se nos trate con el debido respeto ya que no estamos dispuestos a admitir que se nos siga amenazando y señalando como responsables de la situación actual del banco y de nuestra sociedad en general.

 

PARTICIPA CON CGT, LA ALTERNATIVA SINDICAL EN BANCO SABADELL

17 abril 2013



 

 
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